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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0536/2017-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0536/2017-S1

    Fecha: 31-May-2017

    acción de amparo constitucional

    En revisión la Resolución 01/2017 de 15 de febrero, cursante de fs. 119 a 127, pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Gualberta Carlos Ibáñez contra Mario Martínez Cazón, Víctor Hugo Tejerina, Maira Gladis Callaguara Baños y David André Vargas, Alcalde Municipal, ex Jefe de Personal, Jefa de Personal y ex Asesor Legal a.i., todos del Gobierno Autónomo Municipal de Tupiza.

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • 1)
    • i)
    • Fragmento 6
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
    • II.1.
    • II.7.
    • III.
    • III.1.  Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
    • Fragmento 12
    • III.2.  Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
    • III.3. Cuando se identifiquen hechos controvertidos no es posible conceder tutela mediante la acción de amparo constitucional
    • Respecto a la protección de derechos controvertidos, la amplia jurisprudencia constitucional a través de la SCP 0599/2015-S3 de 17 de junio, estableció que: «…a través del amparo no es posible dilucidar hechos controvertidos ni reconocer derechos, sino únicamente protegerlos cuando se encuentran debidamente consolidados,
    • III.5.  Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR

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