SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0536/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0536/2017-S1

Fecha: 31-May-2017

III.3. Cuando se identifiquen hechos controvertidos no es posible conceder tutela mediante la acción de amparo constitucional

Haciendo alusión al tema la SCP 1097/2016-S1 de 7 de noviembre, se refirió así: “Respecto al tema, la SCP 0869/2016-S3 de 19 de agosto, siguió la siguiente jurisprudencia: ‘El art. 128 de la CPE, señala que la acción de amparo constitucional «…tendrá lugar contra actos u omisiones ilegales o indebidos de los servidores públicos, o de persona individual o colectiva, que restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir los derechos reconocidos por la Constitución y la ley».