SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0480/2017-S3
Fecha: 01-Jun-2017
d)
d) Respecto a los riesgos procesales previstos en los numerales 1 y 2 del art. 235 del CPP, la parte acusada afirmó que para desvirtuar los mismos habría presentado los acuerdos transaccionales y desistimientos; sin embargo, en base al art. 173 del CPP, referido a la aplicación de las reglas de la sana crítica en la valoración de la prueba, se entiende que ni el acuerdo transaccional, menos el desistimiento presentado al Ministerio Público tienen relación alguna que estos dos riesgos procesales, no habiendo el acusado hecho llegar ningún elemento de prueba que desvirtúe la afirmación primigenia en sentido de que no se va a suprimir, destruir, modificar, ocultar, falsificar elementos de prueba;
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III.
- III.1. Improcedencia de la acción de libertad por sustracción de la materia o pérdida del objeto procesal
- Fragmento 12
- III.2. Obligación del Tribunal de apelación de fundamentar y motivar la Resolución que disponga, modifique o mantenga una medida cautelar. Jurisprudencia reiterada
- III.3. Valoración de la prueba
- III.4. Análisis del caso concreto
- b)
- c)
- d)
- e)
- f)
- g)