Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0480/2017-S3
Fecha: 01-Jun-2017
e)
e) En cuanto al numeral 2 del art. 235 del CPP, concerniente a que el imputado influya negativamente sobre los partícipes, testigos o peritos a objeto de que informen falsamente o se comporten de manera reticente ocurre algo similar, por cuanto según datos que informan el cuaderno, denota la existencia de tres partícipes sobre los cuales el acusado no ha expuesto razonamiento o fundamento alguno;
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III.
- III.1. Improcedencia de la acción de libertad por sustracción de la materia o pérdida del objeto procesal
- Fragmento 12
- III.2. Obligación del Tribunal de apelación de fundamentar y motivar la Resolución que disponga, modifique o mantenga una medida cautelar. Jurisprudencia reiterada
- III.3. Valoración de la prueba
- III.4. Análisis del caso concreto
- b)
- c)
- d)
- e)
- f)
- g)