Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0518/2017-S3
Fecha: 09-Jun-2017
II.4.
II.4. Mediante Resolución JDTSC/UAS/025/16 de 1 de diciembre de 2016 -Conminatoria de reincorporación-, el Jefe Departamental de Trabajo, Empleo y Previsión Social de Santa Cruz, ordenó que la Fundación INFOCAL del mismo departamento, proceda a la reincorporación del ahora accionante y así dar cumplimiento al respeto de la inamovilidad funcionaria por fuero sindical, restituyendo la carga horaria y el haber correspondiente de los tres grupos que dicho trabajador tenía a su cargo al inicio del 2016, más la reposición de sus sueldos desde el momento de la reducción de la carga horaria, manteniendo su antigüedad y demás derechos que corresponden por ley (fs. 40 a 41).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 2
- Fragmento 3
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- concedió parcialmente
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- cuando el medio o acto por el que se lesiona o restringe el derecho o garantía desaparece, se está ante la teoría del hecho superado;
- III.2. Análisis del caso concreto
- con la interposición del recurso jerárquico contra la Resolución del recurso de revocatoria de 29 de diciembre de 2016, -que dejó sin efecto la Conminatoria de reincorporación- alegando que mientras no exista resolución, deja nuevamente vigente la Resolución JDTSC/UAS/025/16 -Conminatoria de reincorporación-
- REVOCAR