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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0530/2017-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0530/2017-S3

    Fecha: 09-Jun-2017

    d)

    d) El 12 de abril de 2017, solicitó señalamiento de nuevo día y hora de audiencia, para resolver su solicitud, por lo que la citada Jueza mediante decreto de 13 de igual mes y año, dispuso dicho señalamiento para horas 16:30 del 20 del mismo mes y año, y no obstante que exigió todos los días se practique las diligencias respectivas, notificaron al Ministerio Público el 19 de ese mes y año, a horas 16:38;

    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • c)
    • d)
    • e)
    • g)
    • 1)
    • concedió
    • II.1.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • La potestad de impartir justicia emana del pueblo boliviano y se sustenta en los principios de
    • con la mayor celeridad posible, y dentro de los plazos legales si están fijados
    • Se suspende la audiencia de consideración, por causas o motivos que no justifican la suspensión, ni son causales de nulidad.
    • en el caso de los Numerales 1 y 4, la o el Juez deberá señalar audiencia para su resolución en el plazo máximo de cinco (5) días.
    • III.2.   La acción de libertad traslativa o de pronto despacho
    • III.3
    • III.3.   Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR
    • 2°

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