SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0535/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0535/2017-S3

Fecha: 09-Jun-2017

II.1.6.

II.1.6.   A través de decreto de 14 de marzo de 2017, el Juez hoy demandado, rechazó in límine el incidente planteado, bajo el fundamento de que no resulta evidente la actividad procesal defectuosa denunciada, puesto que el ahora accionante fue legalmente notificado con la imputación formal y que al pedir un nuevo señalamiento de audiencia debido al aplazamiento de la fijada con anterioridad, tenía la carga procesal de concurrir al Juzgado para informarse de las actuaciones ya que señaló un domicilio especial y acorde a la ley para notificaciones (fs. 17).