SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0545/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0545/2017-S3

Fecha: 19-Jun-2017

II.3.

II.3.  Mediante Auto Administrativo 0012/2016 de 26 de julio, la ARIT Cochabamba, de conformidad con lo dispuesto en la Resolución de Recurso Jerárquico AGIT-RJ 758/2016 de 5 de julio, alegando que se realizó el cómputo del plazo previsto por el art. 143 del CTB, desde que se notificó la Nardy Patricia Avilés Zamorano en representación de MADEPA S.A. con la Resolución Sancionatoria AN-GRCGR-CBBCI 482/2015, el 27 de agosto de 2015, hasta la presentación del recurso de alzada; es decir, el 17 de septiembre de ese año, transcurrieron más de veinte días corridos para la interposición del citado recurso de alzada, por lo que en aplicación del         art. 198.IV del CTB, rechazó el recurso de alzada interpuesto por MADEPA S.A. (fs. 86 y vta.).