Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0571/2017-S3
Fecha: 19-Jun-2017
II.5.
II.5. Mediante memorial presentado el 26 de julio de 2016, ante el Presidente y Concejales del Gobierno Autónomo Municipal de Santivañez -ahora codemandados-, el hoy accionante solicitó la abrogación de la OM 16/2009 que declaró la expropiación del predio de su propiedad, al no haberse efectivizado la misma, dado que no se pagó el precio justo o indemnización total dentro de los plazos acordados (fs. 15 a 16).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- protege dichos derechos cuando se encuentran consolidados a favor del actor del amparo, no siendo la vía adecuada para dirimir supuestos derechos que se encuentren controvertidos
- III.2. Análisis de caso concreto
- CONFIRMAR