Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0571/2017-S3
Fecha: 19-Jun-2017
II.6.
II.6. Por memorial presentado el 2 de abril de 2014, el ahora accionante impetró al “Juez de Partido Mixto” de Capinota del departamento de Cochabamba, la reversión del bien inmueble y la nulidad del documento de 16 de julio de 2009 por falta de pago, dirigiendo la acción contra el entonces Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de Santivañez (fs. 17 a 18 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- protege dichos derechos cuando se encuentran consolidados a favor del actor del amparo, no siendo la vía adecuada para dirimir supuestos derechos que se encuentren controvertidos
- III.2. Análisis de caso concreto
- CONFIRMAR