SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0587/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0587/2017-S1

Fecha: 27-Jun-2017

i)

El accionante a través de su abogado, ratificó íntegramente los términos de su demanda tutelar y ampliándola, señaló lo siguiente: i) La objeción al rechazo fue recepcionada por la Fiscalía Departamental el 7 de octubre de 2016, pero la Resolución cuestionada fue notificada recién el 19 de enero de 2017; siendo nula de pleno de derecho, vulnerándose su derecho a una justicia pronta y oportuna; ii) La autoridad demandada al señalar que no se desvirtuó lo relacionado con la violencia psicológica y económica, adoptó la calidad de juzgador, más allá de sus atribuciones previstas en el art. 34 de la LOMP; pues no debió juzgar sus actuaciones, solamente resolver los hechos impugnados, sin usurpar sus funciones; iii) El ex Fiscal Departamental demandado se parcializó con la denunciante, valorando prueba de forma sesgada y subjetiva, desconociendo la labor efectuada por las Fiscales de Materia, ordenando incluso realizar otras investigaciones; iv) La jurisprudencia constitucional señalada por la autoridad demandada fue superada por la SCP 1215/2012 de 6 de septiembre; v) No solicitó que la jurisdicción constitucional vuelva a valorar la prueba, sino que anule la Resolución cuestionada y se dicte otra conforme a derecho; y, vi) Al encontrarse divorciado de la tercera interesada, no puede subsistir el delito de violencia.