SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0587/2017-S1
Fecha: 27-Jun-2017
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante denuncia la vulneración de su derecho al debido proceso en sus elementos de fundamentación, correcta valoración de la prueba, congruencia entre la objeción y lo resuelto y a una justicia pronta y oportuna; toda vez que, siendo denunciado por su ex esposa por la presunta comisión de los delitos de violencia familiar o doméstica y violencia económica, las Fiscales de Materia asignadas al caso, lo favorecieron mediante Resolución de Rechazo de denuncia de 26 de agosto de 2016; sin embargo, al ser objetada por la parte contraria, el ex Fiscal Departamental demandado, la revocó por Resolución Jerárquica FDC/ERVA OR-OD 667/2016 de 14 de octubre, disponiendo la prosecución de la investigación bajo control de autoridad jurisdiccional; empero, considera que esta determinación es arbitraria e incongruente, carente de una adecuada fundamentación, motivación y valoración de la prueba; además de haber sido emitida fuera del plazo establecido por ley.
- a)
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético-morales de la sociedad plural y los valores que sustentan el Estado boliviano
- III.2. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- esa facultad se extiende inclusive a las resoluciones pronunciadas por el Fiscal de Distrito
- …el control jurisdiccional que puede efectuarse respecto a los Fiscales de Distrito -ahora Fiscales Departamentales-
- III.4. Sobre la motivación y fundamentación de las resoluciones como elementos del debido proceso
- Fragmento 17
- Es imperante además precisar que toda resolución ya sea jurisdiccional o administrativa, con la finalidad de garantizar el derecho a la motivación como elemento configurativo del debido proceso debe contener los siguientes aspectos a saber: a) Debe determinar con claridad los hechos atribuidos a las partes procesales, b) Debe contener una exposición clara de los aspectos fácticos pertinentes, c) Debe describir de manera expresa los supuestos de hecho contenidos en la norma jurídica aplicable al caso concreto, d) Debe describir de forma individualizada todos los medios de prueba aportados por las partes procesales, e) Debe valorar de manera concreta y explícita todos y cada uno de los medios probatorios producidos, asignándoles un valor probatorio específico a cada uno de ellos de forma motivada, f) Debe determinar el nexo de causalidad entre las denuncias o pretensiones de las partes procesales, el supuesto de hecho inserto en la norma aplicable, la valoración de las pruebas aportadas y la sanción o consecuencia jurídica emergente de la determinación del nexo de causalidad antes señalado
- El principio de congruencia
- la congruencia de las decisiones judiciales tiene dos acepciones:
- En cuanto a la pertinencia entre el recurso de apelación, resolución apelada y la resuelto en el auto de vista, es una condición esencial para asegurar a los justiciables que en la decisión de su recurso los superiores en grado tienen delimitado su campo de acción para emitir su resolución
- Respecto al supuesto fáctico a)
- Con relación al supuesto fáctico b)
- Con referencia al supuesto fáctico c)
- Respecto al supuesto fáctico d)
- Fragmento 26
- CONFIRMAR