SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0592/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0592/2017-S2

Fecha: 19-Jun-2017

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Manifiesta que funge como Juez Público Civil y Comercial Segundo del departamento de Oruro, y, a denuncia realizada por Julio Eduardo Arce Durán  ante el Ministerio Público, se sustancia una investigación por la presunta comisión de ilícitos penales, como despojo judicial, rebelión, sedición, asociación delictuosa y prevaricato a raíz de un proceso de división y partición contra la sucesión SIKAFFI ALISS, donde a la fecha el denunciante incumplió con lo dispuesto en la Sentencia; es decir, demostrar documentalmente la existencia de cada uno de los bienes demandados en división y partición, pretendiendo vulnerar la ley, cual es el cumplimiento de resoluciones pasadas en autoridad de cosa juzgada.

Enterado de la existencia de dicho proceso, fue citado a prestar su declaración informativa, el cual solicitó fotocopias del cuaderno investigativo, donde pudo advertir la existencia de dos requerimientos fundamentados de desestimación de querella formulados por el Fiscal Analista, Juan Laura Chique, el primero de 18 de agosto de 2016 y el segundo de 23 de septiembre de igual año; ambos requerimientos fueron objeto, el primero de impugnación y el segundo de objeción, del cual merecieron la Resolución Jerárquica FDO/DJPM 146/2016 de 21 de septiembre y FDO/DJPM 171/2016 de 13 de octubre, del cual se advierte que dichas resoluciones carecen de fundamentación, motivación y congruencia entre lo pedido y lo resuelto, aspectos que atentan contra el debido proceso ocasionando indefensión, por cuanto no se conoce el fundamento para revocar los requerimientos de desestimación de querella, la misma que solo se limita a efectuar una relación de los hechos, ya que en ninguna parte señala el por qué debe revocar el requerimiento de desestimación de querella y al haber resuelto la Fiscal Departamental por un aspecto no pedido, menos fundamentado incurriendo en la falta de congruencia en dicha Resolución jerárquica.