SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0592/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0592/2017-S2

Fecha: 19-Jun-2017

I.2.2. Informe de las autoridades demandadas

Franz Johnny Ochoa Yucra, Fiscal Departamental de Oruro, mediante informe escrito cursante de fs. 42 a 43, se limitó a efectuar una ilustración jurisprudencial y normativa, de lo referido a la fundamentación, motivación y congruencia, recomendando al Fiscal Analista, observar la línea jurisprudencial, señalando el derecho de la tutela judicial efectiva que tienen las partes, que un proceso se desarrolle dentro de los marcos de las garantías legales, jurisprudenciales, procesales y constitucionales que permitan a los justiciables a un acceso efectivo a la justicia, al debido proceso que constituye una garantía de legalidad procesal, la “seguridad jurídica” y la fundamentación o motivación de la resolución, de la concordancia entre la parte considerativa y dispositiva, debe mantener en todo su contenido, efectuando un razonamiento integral y armonizado, conlleva a su vez la cita de las disposiciones legales que apoyan ese razonamiento que llevó a la determinación que se asume, por lo que corresponde disponer la revocatoria de la resolución de rechazo, revocando la resolución fundamentada de desestimación de denuncia de 18 de agosto de 2016, dentro de la querella presentada por Julio Eduardo Arce Durán contra Alberto Sikaffi Aliss y “otros”.