SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0592/2017-S2
Fecha: 19-Jun-2017
III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
El accionante alega la vulneración del debido proceso en sus elementos de fundamentación, motivación y congruencia entre lo pedido y lo resuelto, aspectos que atentan contra el debido proceso causando indefensión; toda vez que, la ex Fiscal Departamental de Oruro, Dubeysa Yenny Palacios Maldonado, quien emitió la Resolución Jerárquica FDO-DJPM 171/2016, revocó la Resolución Fundamentada de Desestimación de Denuncia de 23 de septiembre del año señalado, y dispuso que el Fiscal Analista, ejerza la acción penal pública y en apego al principio de celeridad emita el requerimiento que corresponda, vulnerando los derechos y garantías constitucionales, como se manifestó líneas arriba, carente de fundamentación, motivación y congruencia, que incide en el ejercicio de su derecho la defensa.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- I.2.3. Intervención del tercer interesado
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. En cuanto al debido proceso y su configuración
- Fragmento 14
- a)
- Fragmento 16
- III.3.
- III.4. Análisis del caso concreto
- 1)
- debe existir identidad entre lo resuelto y controvertido, oportunamente, por los litigantes, y relación con los poderes atribuidos en cada caso al órgano jurisdiccional por el ordenamiento jurídico, con la finalidad de que exista identidad jurídica entre lo resuelto y lo pretendido
- CONFIRMAR en todo