SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0596/2017-S2
Fecha: 19-Jun-2017
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución 02/2017 de 10 de mayo, cursante de fs. 281 a 287, pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Sergio Américo Vera Aruquipa contra Fernando Blanco Castillo, Presidente; Víctor Hugo López Gómez, Vocal Suplente; Ubaldo Espino Mamani, Vocal Permanente y Severo Félix Vera Alvarado, Vocal suplente, Víctor Hugo Oña Ovando, Ex presidente; Nelson Mejía Martínez, Vocal Permanente; Freddy Juan Carlos Betancour Ticona; Vocal Suplente, todos actuales y ex Miembros del Tribunal Disciplinario Superior de la Policía Boliviana; Víctor Soto Guerrero, Presidente; Sadid Ávila Vega, Vocal Permanente; Jorge Víctor Rocha Camacho, Vocal Suplente; Raúl Calle Cordero, Vocal Permanente, Daniel Sirpa Vicente, Vocal Suplente, Oscar Javier Barrios Manzano, Presidente; Juan Carlos Palacios Mealla, Vocal Suplente; Rodolfo Gonzales Camacho; Vocal Permanente, todos ex y actuales miembros del Tribunal Disciplinario Departamental de Tarija.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- denegar
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Revisión de la labor interpretativa de otros tribunales jurisdiccionales o administrativos
- c) Por una incorrecta aplicación del ordenamiento jurídico, que más allá de las implicancias dentro del proceso judicial o administrativo lesiona derechos y garantías constitucionales”
- `…1) Que la valoración se aparte de los marcos legales de razonabilidad y equidad (SC 0873/2004-R y 0106/2005-R, entre otras); o 2) Cuando la Resolución que determine una sanción haya omitido arbitrariamente valorar la prueba y su lógica consecuencia sea la lesión de derechos fundamentales y garantías constitucionales…
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 14
- Fragmento 15
- no es una instancia de revisión
- CONFIRMAR en todo