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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0614/2017-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0614/2017-S3

    Fecha: 26-Jun-2017

    II.1.

    II.1.  Cursa registro en la Oficina de DD.RR., bajo la matrícula computarizada 9.01.1.01.0013204 de 21 de diciembre de 2016, siendo el propietario Roberto Rojas Hidalgo -ahora accionante- de un lote de terreno en la zona Bajo Virtudes, camino vecinal Distrito 11, manzana 040, predio 001 de 519 414 25 m² este de la ciudad de Cobija (fs. 6).

    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a
    • I.1.3. Petitorio
    • I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
    • I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
    • 1)
    • I.2.3. Intervención de los terceros interesados
    • concedió
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • III.1.  La acción de amparo constitucional frente a las vías de hecho
    • 2) La carga probatoria a ser cumplida por la parte peticionante de tutela; y
    • ‘a) Que las medidas de hecho denunciadas por lo general deben ser probadas por el o los accionantes; ya que debe demostrarse con certeza que indudablemente se han suscitado los actos que lesionaron los derechos y/o garantías denunciados.
    • III.2.         Análisis de caso concreto
    • REVOCAR

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