Juristeca
Juristeca País
    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0628/2017-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0628/2017-S3

    Fecha: 30-Jun-2017

    Error al cargar el documento

    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • Fragmento 2
    • a)
    • 1)
    • i)
    • denegó
    • II.1.
    • II.4.
    • II.6.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Medidas de acción positiva en favor de las personas con discapacidad: La obligación de contratación preferente
    • De la normativa glosada resulta que las entidades nombradas si bien tienen la facultad de selección objetiva de sus funcionarios y empleados, no es menos evidente que en el proceso de contratación de personal tienen la obligación de incluir a las personas con capacidades diferentes, en un promedio mínimo del cuatro por ciento para materializar los propósitos de la Constitución, beneficio que alcanza a los trabajadores o funcionarios que tengan bajo su dependencia a personas con discapacidad.
    • La inamovilidad laboral no se aplicará en contratos de trabajo que por su naturaleza sean temporales, eventuales
    • III.3. Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca