SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0639/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0639/2017-S1

Fecha: 27-Jun-2017

II.4.

II.4.  El 29 de julio de 2015, Félix Fernández Mamani, presentó recurso de apelación contra la Resolución 345/2015, estableciendo como agravios: a) Se omitió cumplir con lo dispuesto en el Auto de Vista 200/2013 de 8 de octubre mediante el cual se revocó la Resolución 221/2013 de 26 de julio y declaró probado el incidente de actividad procesal defectuosa, dejando en consecuencia sin efecto Resolución de Imputación formal 35/11; haciendo evidente que en este nuevo acto el representante del Ministerio Público formuló la Resolución de Imputación Formal 050/14 de manera idéntica a la anulada; b) No se explicó porque el boleto de transporte constituye un documento público; c) No se señaló si la acción de fraguar constituye falsedad material o ideológica, refiriendo, que elementos de convicción le llevaron a esa conclusión; d) No se individualizó  la conducta de cada uno de los denunciados; y, e) La audiencia de consideración del mencionado incidente estuvo viciada de nulidad absoluta, porque el acto se realizó sin la presencia del Fiscal de Materia y sin que se presente el cuaderno de investigaciones dicho recurso; fue contestado por al ahora accionante mediante memorial de 28 de agosto de igual año y por el Ministerio Público por escrito de 31 del mismo mes y año (fs. 1708 a 1712 vta.; 1717 a 1722 vta.; y,1723 a 1724 vta.).