SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0652/2017-S3
Fecha: 30-Jun-2017
II.4.
II.4. Mediante Resolución 16/2015 de 28 de septiembre, la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, constituida en Tribunal de garantías, concedió la tutela solicitada por el ahora accionante por vulneración de sus derechos al debido proceso en sus componentes de fundamentación, motivación, congruencia; y, a la defensa, disponiendo la nulidad de la Resolución SD-AP 160/2015, dejando sin efecto su destitución y ordenando su inmediata reincorporación laboral, con el goce de los derechos que le corresponden (fs. 74 a 79); y, la SCP 0253/2016-S3 de 19 de febrero, a través de la cual el Tribunal Constitucional Plurinacional revocó en parte la citada Resolución 16/2015 y concedió la tutela en cuanto al derecho al debido proceso en su elemento de motivación, dejando sin efecto la Resolución SD-AP 160/2015, emitida por los exmiembros de la Sala Disciplinaria del Consejo de la Magistratura hoy demandados, respecto al accionante, y denegando la reincorporación laboral, el derecho a la defensa y el juez natural en su vertiente de imparcialidad (fs. 80 a 92).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- La existencia de una evidente falta de valoración de las pruebas
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Cumplimiento de Sentencias Constitucionales
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR