Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0653/2017-S3
Fecha: 30-Jun-2017
c)
c) Los datos del proceso informan que el contrato de venta de soya de 10 de diciembre de 2013, es un contrato sinalagmático de adhesión al cual las partes se comprometen a cumplirlo desde su suscripción, contrato que fue elaborado por la misma empresa o representantes de “Kabsa” S.A. -ahora accionante-, situación diferente sería si el imputado hubiese elaborado el mismo a su criterio insertando cláusulas que solo favorecerían a los imputados.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derecho y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- a)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- III.
- III.1. Jurisprudencia reiterada sobre la fundamentación de las resoluciones
- permite a las partes conocer
- III.2. Jurisprudencia reiterada sobre revisión de la actividad jurisdiccional de otros tribunales
- III.3. Análisis del caso concreto
- i)
- ii)
- b)
- c)
- no condice al contexto del juicio penal en el que fue planteada, que responde a la averiguación de la comisión de un delito de acción pública, sus autores o partícipes y su consecuente sanción, que no guarda relación alguna con el contenido del contrato en sí y las cuestiones que le atañen a éste; al contrario, sólo se supedita a investigar la presunta comisión de ilícitos de interés social, en el caso en cuestión, dentro de un proceso en el que intervendría el interés del Estado a través del Ministerio Público en defensa de la sociedad,
- III.4. Otras consideraciones
- CONFIRMAR