Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0648/2017-S1
Fecha: 12-Jul-2017
II.5.
II.5. Notificación con la referida Intimación el 2 de diciembre de 2016, a Hilaria Juan de Dios Félix con C.I. 8208915 SC, junto con su esposo Porfirio Velasco Nieto y sus tres hijos; todos trabajadores del accionante (fs. 27). En la misma fecha fue notificado Leonel López Arce con C.I. 12788582 SC, que igualmente vive con su familia trabajando para el impetrante de tutela (fs. 29).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- concedió
- I.3.
- II.1.
- II.2
- II.3
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. Del derecho a la petición y sus elementos
- La respuesta en el fondo de la petición
- la respuesta para que sea eficaz tiene que comprender y resolver el fondo de lo pedido
- La respuesta no se pone en conocimiento del peticionario
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 21
- REVOCAR