Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0683/2017-S3
Fecha: 17-Jul-2017
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución 03/17 de 22 de mayo de 2017, cursante de fs. 136 vta. a 139, pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Luis Fernando Rivero Landívar e Iver Enrique Gutiérrez Llanos en representación legal de la empresa NELCO Sociedad Anónima (S.A.) contra Rómulo Calle Mamani y Rita Susana Nava Durán, Magistrados de la Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia; Editha Pedraza Becerra y Alain Núñez Rojas, Vocales de la Sala Civil y Comercial Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz; y, Weimar Padilla Arturo Cortez, Juez Público Civil Comercial Quinto de la Capital del departamento de Santa Cruz.
- acción de amparo constitucional
- congruencia objetiva procesal
- incongruencia procesal
- proposición
- 1)
- i)
- a)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional no es una instancia procesal ni casacional supletoria dentro de ningún proceso ordinario
- esta jurisdicción no se constituye en un mecanismo de impugnación de la labor que efectúan los jueces y tribunales ordinarios
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR