SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0683/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0683/2017-S3

Fecha: 17-Jul-2017

denegó

El Juez Público de Familia Segundo de la Capital del departamento de Santa Cruz, constituido en Juez de garantías, por Resolución 03/17 de 22 de mayo de 2017, cursante de fs. 136 vta. a 139, denegó la tutela solicitada, bajo los siguientes fundamentos: 1) Respecto a la falta de congruencia la cual guarda relación con la falta de coherencia, no se advierte que la empresa accionante hubiese manifestado razones que devengan en dicha vulneración, lo que se pretende es que “…la jurisdicción constitucional lo admita como parte procesal…” (sic); 2) En relación al segundo agravio de lealtad procesal vinculado al Auto de Vista recurrido en casación, no puede analizarse al no haber sido denunciado en la presente acción tutelar; 3) Sobre las fotocopias que corresponderían a otro proceso, las cuales el Auto Supremo señala que no serían trascendentales, tal apreciación si bien no implica falta de congruencia, al respecto el Juez constitucional no puede realizar apreciaciones que son propias de la jurisdicción ordinaria que definan tal situación; 4) En cuanto a la falta de fundamentación, no resulta evidente por cuanto el Auto Supremo explica los razonamientos para emitir su resolución encontrándose lo suficientemente motivado; y, 5) Finalmente, en lo que respecta al pedido de nulidad de obrados hasta la Sentencia, al no haber sido demandada, esta instancia no puede ir más allá de lo reclamado.