Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0705/2017-S1
Fecha: 27-Jul-2017
II.3.
II.3. Constan dos notas presentadas ambas el 23 de junio de 2016, por las cuales la ahora accionante se dirigió a la autoridad demandada indicando que se encuentra en periodo de gestación por lo que estaría amparada en la LGT y CPE; y el memorial presentado el 4 de julio de 2016, solicitando dejar sin efecto la recisión de contrato por su estado de gravidez, a cuyo efecto adjuntó informe médico emitido el 30 de junio del referido año por la Caja de Salud “CORDES” (fs. 11 a 13).
- a)
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. La acción de amparo constitucional y su naturaleza jurídica
- III.3. La inamovilidad laboral con relación a contratos de plazo fijo, jurisprudencia reiterada
- inamovilidad laboral, este derecho en la circunstancia particular solo alcanza hasta la conclusión del plazo del contrato, pues no es posible que una relación eventual en el servicio público, pueda convertirse en indefinida, razón por la cual en el presente caso, no es posible conceder la tutela reclamada;
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR