SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0714/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0714/2017-S2

Fecha: 31-Jul-2017

la administración pública tiene la facultad de excusar la inobservancia de exigencias formales no esenciales por parte del administrado, pudiendo proseguirse el procedimiento administrativo sin perjuicio de que aquellos se cumplan con posterioridad

Así la Sentencia SCP 0031/2014 de 3 de enero, haciendo mención a la SCP 1086/2012 de 5 de septiembre, expresó lo siguiente: ‘…la administración pública tiene la facultad de excusar la inobservancia de exigencias formales no esenciales por parte del administrado, pudiendo proseguirse el procedimiento administrativo sin perjuicio de que aquellos se cumplan con posterioridad.