SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0756/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0756/2017-S2

Fecha: 31-Jul-2017

i)

De los antecedentes conocidos por esta jurisdicción constitucional y que se encuentran descritos en las Conclusiones de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, se tiene que dentro del proceso penal instaurado contra los accionantes, por la presunta comisión del delito de estafa, el Tribunal de Sentencia Penal Primero del departamento de Oruro, emitió la Sentencia 21/2015, declarándolos autores del delito de estafa agravada, que fue objeto de apelación, y resuelto el 20 de junio de 2016, por la Sala Penal del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, a través del Auto de Vista 36/2016, que declaró improcedente el recurso de apelación, confirmando la Sentencia 21/2015; por lo que, plantearon recurso de casación el 18 de julio de 2016, mencionando que: i) El Auto de Vista impugnado no tuvo una debida fundamentación, provocando la inobservancia del art. 124 del CPP, que constituyó un defecto absoluto previsto en el art. 169.3 del CPP, debido a que el Tribunal de apelación realizó una transcripción de los memoriales de interposición del recurso en sí mismo y de la Sentencia 21/2015; ii) El Auto de Vista 36/2016, convalidó la errónea aplicación de la ley sustantiva, denunciada en el recurso de apelación restringida, defecto de sentencia previsto en el art. 370.1 del CPP, por aplicación errónea del art. 335 del CP, en relación al art. 346 Bis del mismo Código; y, iii) El Auto de Vista impugnado, convalidó una Sentencia insuficientemente fundamentada, aspecto que provocó la inobservancia del art. 124 del CPP, considerándose un defecto de sentencia que se encuentra previsto en el art. 370.5 del CPP, constituyéndose en un defecto absoluto.