SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0792/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0792/2017-S1

Fecha: 27-Jul-2017

improcedente

El Juez Público de Familia Primero del departamento de Santa Cruz, constituido en Juez de garantías, por Resolución 004/2017 de 20 de abril, cursante de fs. 929 a 931 vta., declaró como “improcedente la acción de amparo constitucional formulada por Iver Lawrence von Borries Antezana en representación legal de María Roxana Castro Nogales, en base a los siguientes argumentos: a) De la revisión del memorial de interposición de recurso de casación se tiene que a “fojas 705 a 707” el Auto Supremo “906/2016” dio respuesta y cumple los requisitos de legalidad, congruencia y motivación, lo que advierte que no es evidente que se haya lesionado el derecho al debido proceso, debiendo en consecuencia dar aplicación a lo dispuesto por la SCP 0073/2014 de 3 de enero, respecto a que la valoración de la prueba corresponde que sea efectuada por la jurisdicción ordinaria, salvo cuando concurra vulneración de derechos o garantías constitucionales; y, b) La accionante introdujo elementos nuevos en su memorial de acción de amparo constitucional, los que no fueron planteados en apelación y mucho menos en casación, por lo que no se acreditó que se haya lesionado derecho alguno de ésta.