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    AUTO CONSTITUCIONAL 0231/2017-CA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0231/2017-CA

    Fecha: 16-Ago-2017

    II.4.  Definición de la palabra acordada

             Por otra parte, la Enciclopedia Jurídica Omeba define el término “acordadas” de la siguiente manera: “La administración de justicia atribuida por la Constitución al Poder judicial, se ejerce por los tribunales superiores e inferiores, que deciden las controversias sometidas a juicio por las partes, en forma individual.

    • Fragmento 1
    • I.1. Síntesis de la solicitud de parte
    • a)
    • rechazar
    • II.2.  Marco normativo constitucional y legal
    • Fragmento 6
    • II.4.  Definición de la palabra acordada
    • organización interna
    • para regular sus propias actividades
    • de toda norma jurídica incluida en una Ley, decreto o cualquier género de resolución no judicial
    • Fragmento 11
    • Fragmento 12
    • II.6.  Ámbito de procedencia de una acción de inconstitucionalidad concreta
    • sólo procede para impugnar una disposición legal
    • II.7.  Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR

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