Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0735/2017-S3
Fecha: 14-Ago-2017
II.3.
II.3. Cursa licencia de funcionamiento de actividad económica 002116 emitida el 21 de agosto de 2006, por el “GOBIERNO MUNICIPAL DE LA 1a SECCIÓN DE SAN IGNACIO DE VELASCO” (sic) correspondiente a la caseta 29, para venta de comida, en el Mercado “8 de Diciembre”, con fecha de inicio de actividades de 18 del citado mes y año, a nombre de la hoy accionante [fs. 59]).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- 1)
- i)
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El debido proceso y el derecho a la defensa
- III.2. Análisis del caso concreto
- REGLAMENTO TRANSITORIO PARA LA ADMINISTRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LOS MERCADOS Y CENTROS DE ABASTECIMIENTO EN LA CIUDAD DE SAN IGNACIO DE VELASCO
- ARTÍCULO PRIMERO.-
- CONFIRMAR