SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0735/2017-S3
Fecha: 14-Ago-2017
REGLAMENTO TRANSITORIO PARA LA ADMINISTRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LOS MERCADOS Y CENTROS DE ABASTECIMIENTO EN LA CIUDAD DE SAN IGNACIO DE VELASCO
En el caso presente, las autoridades ahora demandadas acreditaron la emisión de la Resolución Normativa 001/2016 de 5 de mayo, misma que aprobó el “REGLAMENTO TRANSITORIO PARA LA ADMINISTRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LOS MERCADOS Y CENTROS DE ABASTECIMIENTO EN LA CIUDAD DE SAN IGNACIO DE VELASCO” (sic [Conclusión II.7.]), cuyo art. 1 refiere que el objeto del mismo es “Establecer los lineamientos para normar la administraci[ó]n, funcionamiento y fiscalización de los Mercados y Centros de Abastecimiento de San Ignacio de Velasco”, siendo evidente que su ámbito de regulación no es único sino amplio, porque la normativa en él establecida es inherente a la administración, funcionamiento y fiscalización.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- 1)
- i)
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El debido proceso y el derecho a la defensa
- III.2. Análisis del caso concreto
- REGLAMENTO TRANSITORIO PARA LA ADMINISTRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LOS MERCADOS Y CENTROS DE ABASTECIMIENTO EN LA CIUDAD DE SAN IGNACIO DE VELASCO
- ARTÍCULO PRIMERO.-
- CONFIRMAR