Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0735/2017-S3
Fecha: 14-Ago-2017
II.6.
II.6. Por Nota OF-GAMSIV-DESP-EM- 84/2017 de 24 de febrero, Moisés Fanor Salces Lozano, Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de San Ignacio de Velasco -ahora demandado- solicitó a la Notaria de Fe Pública 3 de San Ignacio de Velasco, Maiberth Barrancos Galviz, proceda al levantamiento del acta notariada de un bien de dominio público (fs. 135), acta de inventario que se realizó en la misma fecha en instalaciones del exmatadero municipal de los bienes y enseres propios de “Yovana Aguilar” (fs. 130 a 131 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- 1)
- i)
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El debido proceso y el derecho a la defensa
- III.2. Análisis del caso concreto
- REGLAMENTO TRANSITORIO PARA LA ADMINISTRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LOS MERCADOS Y CENTROS DE ABASTECIMIENTO EN LA CIUDAD DE SAN IGNACIO DE VELASCO
- ARTÍCULO PRIMERO.-
- CONFIRMAR