Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0753/2017-S3
Fecha: 14-Ago-2017
De lo desarrollado, se tiene que si bien existe un desarrollo jurisprudencial uniforme para que la jurisdicción constitucional haga cumplir los mandatos de reincorporación, al efecto es preciso analizar la pertinencia según el caso y si estas se encuentran en el margen de razonabilidad sustentando una debida fundamentación sobre las razones que motivaron la reincorporación y las razones porque la instancia administrativa laboral consideró que se presentó un retiro ilegal o injustificado
De lo desarrollado, se tiene que si bien existe un desarrollo jurisprudencial uniforme para que la jurisdicción constitucional haga cumplir los mandatos de reincorporación, al efecto es preciso analizar la pertinencia según el caso y si estas se encuentran en el margen de razonabilidad sustentando una debida fundamentación sobre las razones que motivaron la reincorporación y las razones porque la instancia administrativa laboral consideró que se presentó un retiro ilegal o injustificado» (las negrillas nos pertenecen).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- La conminatoria de reincorporación emitida por las Jefaturas Departamentales de Trabajo, Empleo y Previsión Social son obligatorias para los empleadores tanto del sector público como privado y ante su eventual incumplimiento se abre la posibilidad de acudir a la vía constitucional
- Aclarando que la conminatoria dispuesta por el Ministerio de Trabajo Empleo y Previsión Social, en los alcances del DS 0495, no constituye una resolución que defina la situación laboral de la trabajadora o el trabajador, por cuanto el empleador puede impugnar ésta determinación en la justicia ordinaria
- De lo desarrollado, se tiene que si bien existe un desarrollo jurisprudencial uniforme para que la jurisdicción constitucional haga cumplir los mandatos de reincorporación, al efecto es preciso analizar la pertinencia según el caso y si estas se encuentran en el margen de razonabilidad sustentando una debida fundamentación sobre las razones que motivaron la reincorporación y las razones porque la instancia administrativa laboral consideró que se presentó un retiro ilegal o injustificado
- con autorización y conocimiento de la Máxima Autoridad Ejecutiva
- III.2.2. Resolución del caso