SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0771/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0771/2017-S3

Fecha: 17-Ago-2017

II.3.

II.3.    A través del Auto de 29 de febrero de 2016, se anuló obrados hasta el Auto de 1 de diciembre de 2008, disponiendo que con carácter previo a determinar la ejecutoria de la Sentencia de 7 de noviembre de 2008, se notifique a los presuntos interesados mediante edictos (fs. 91 a 92), Resolución que fue apelada por la ahora tercera interesada mediante escrito interpuesto el 15 de marzo de dicho año (fs. 97 a 98 vta.), respondido por los hoy accionantes por memorial presentado el 23 de igual mes y año (fs. 101 a 103), pronunciándose el Auto de Vista de 16 de septiembre del mismo año emitido por Gualberto Terrazas Ibáñez y Javier Rodrigo Celiz Ortuño, Vocales de la Sala Civil y Comercial Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba -ahora demandados-, por el cual se revocó el fallo impugnado (fs. 121 a 122).