Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0805/2017-S3
Fecha: 23-Ago-2017
II.3.
II.3. Por Conminatoria JDTLP/48-VI-CPE/DS 0495/EVG/15/2017 de 10 de febrero, la Jefatura Departamental de Trabajo, Empleo y Previsión Social de La Paz -ahora tercera interesada-, conminó a la Empresa ahora demandada a la reincorporación laboral inmediata de los hoy accionantes a los cargos que ocupaban antes de su despido, más el pago de salarios devengados y demás derechos sociales, Conminatoria que fue notificada a la Empresa ahora demandada el 22 de igual mes y año (fs. 15 a 19).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Del cumplimiento de las resoluciones de la justicia constitucional y la inviabilidad de una nueva demanda con el objeto de asegurar lo resuelto en un fallo de tutela anterior
- en los casos de desobediencia a las resoluciones dictadas
- III.2. Análisis del caso concreto
- pese a haberse ordenado su Reincorporación a través de la Acción de Amparo Constitucional con Resolución AC-52/2015 SSA-III, la empresa denunciada simplemente procedió a suscribir un nuevo contrato a plazo fijo
- REVOCAR