SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0814/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0814/2017-S3

Fecha: 28-Ago-2017

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El accionante a través de sus representantes manifestó que se apersonó ante el SENASIR -entidad demandada- solicitando el cálculo de compensación de cotizaciones para acceder a su jubilación, mereciendo como respuesta la nota con CITE: SENASIR UCC-EM 1486/2016 de 8 de septiembre, que rechazó su solicitud alegando que todo trámite al respecto concluyó tras su notificación con el Formulario de Cálculo Compensación de Cotizaciones Procedimiento Automático FORM-SIP-CC-A-001, número 48,034 de 24 de abril de 2015, siendo inviable realizar la revisión manual del monto de Compensación de Cotizaciones, por encontrarse fuera de plazo. En tal sentido, se estaría suprimiendo los más de trece años que aportó cuando trabajó como Asesor Técnico en el ahora Servicio Departamental de Caminos de Santa Cruz, puesto que en el Cálculo por Procedimiento Automático, solo se contemplaron veintiocho cotizaciones cuando en realidad alcanzó a ciento treinta cotizaciones efectivamente aportadas, restringiéndose así sus derechos de petición, a la seguridad social, a la jubilación, a una vejez digna, al debido proceso, a la defensa; y, a una justicia plural, pronta y oportuna .