SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0814/2017-S3
Fecha: 28-Ago-2017
Reconocimiento que será efectivo cuando el asegurado acceda a la jubilación y se pagará de forma mensual
En el marco de lo anterior y conforme a los antecedentes que cursan en obrados, se tiene que el Formulario de Cálculo Compensación de Cotizaciones Procedimiento Automático FORM-SIP-CC-A-001, número 48,034, fue notificado el mismo día a Milton Daniel Velez Menacho -inicial apoderado del hoy accionante-, quien firmó e imprimió sus huellas digitales en constancia; sin embargo, no se aclara si tal actuación la realizó en representación de su mandante -ahora accionante-, aspecto que debió ser observado por la institución demandada, considerando la trascendencia que tiene dicho documento para el asegurado, ya que conforme el art. 24 de la Ley de Pensiones (LP) la compensación de cotizaciones “Es el reconocimiento que otorga el Estado Plurinacional de Bolivia, a los asegurados por los aportes efectuados al Sistema de Reparto vigente hasta el 30 de abril de 1997, que se financia con los recursos del Tesoro General de la Nación”. Reconocimiento que será efectivo cuando el asegurado acceda a la jubilación y se pagará de forma mensual o mediante un pago global, acreditándose a su cuenta individual, en función al cálculo establecido para el efecto.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La excepción al principio de subsidiariedad en la acción de amparo constitucional
- finalidad el proteger a los ostensiblemente más débiles -mejor conocidos en la doctrina como grupos vulnerables
- abstracción al principio de subsidiariedad en el caso de adultos mayores
- para tener validez, deben ser realizados de tal forma que se asegure su recepción por parte del destinatario; pues la notificación, no está dirigida a cumplir una formalidad procesal en sí misma, sino a asegurar que la determinación judicial objeto de la misma sea conocida efectivamente por el destinatario
- III.3. Análisis del caso concreto
- Reconocimiento que será efectivo cuando el asegurado acceda a la jubilación y se pagará de forma mensual
- el monto de la CC se consolidará y se emitirán los Certificados de CC
- CONFIRMAR