SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0833/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0833/2017-S3

Fecha: 28-Ago-2017

la decisión del INRA no se sustenta en el cumplimiento o incumplimiento de la FES, sino en el hecho de no haberse acreditado una posesión legal

La omisión advertida, devela una incongruencia en el fallo agroambiental, pues por un lado refieren que la “Asociación Civil Colonia Menonita La Honda” cumple parcialmente con la FES, mas sin expresar razonamiento propio, se remiten a la conclusión arribada por las autoridades del INRA al mencionar que: la decisión del INRA no se sustenta en el cumplimiento o incumplimiento de la FES, sino en el hecho de no haberse acreditado una posesión legal, colocando a los demandantes en incertidumbre; pues por un lado se les reconoce que cumplen con la FES y, por otro, se les acusa de haber ejercido una posesión ilegal, siendo razonable el argumento expuesto por la parte accionante en su demanda de acción de amparo constitucional, al sostener que no sería congruente reconocerles la FES y por otro declarar la ilegalidad de la posesión, incongruencia que deviene precisamente por el hecho de haber incurrido en la omisión valorativa de la prueba indicada por la parte accionante, concretamente el certificado a fs. 154, el Informe Técnico de fs. 142 a 146, así como por el hecho de no haber resuelto todos los cargos expuestos en la demanda contencioso administrativa.