Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0841/2017-S3
Fecha: 28-Ago-2017
REVOCAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Tercera; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: REVOCAR la Resolución 02/2017 de 26 de junio, cursante de fs. 94 a 105 vta., pronunciada por la Jueza Pública de Familia Primera de la Capital del departamento de Oruro, constituida en Jueza garantías; y en consecuencia, DENEGAR la tutela solicitada, en atención a lo expuesto en la presente Sentencia Constitucional Plurinacional.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.5.
- II.9.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Las relaciones laborales sometidas a la modalidad de plazo fijo
- II. La inamovilidad laboral no se aplicará en contratos de trabajo que por su naturaleza sean temporales, eventuales o en contratos de obra
- la inamovilidad laboral de las mujeres en estado de gestación, no se aplica para las trabajadoras que se encuentran en una relación laboral sujeta a contratos a plazo fijo, dado que la persona contratada conoce la fecha exacta en la que concluirá su relación laboral
- III.2.1. Consideraciones previas
- III.2.2. Resolución del caso
- para que cumpla sus funciones a partir del 26 de enero de 2015 hasta la conclusión de la gestión académica de igual año
- Fragmento 19
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