SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0910/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0910/2017-S2

Fecha: 21-Ago-2017

Fragmento 19

Consecuentemente, el ámbito tutelar que brinda la acción de amparo constitucional, queda abierto siempre que no existan otros medios de protección inmediatos de los derechos y garantías fundamentales o si los hay, éstos previamente deben ser agotadas, pues la acción de amparo constitucional sólo podrá alcanzar su máxima eficacia en la tutela, cuando no exista otro mecanismo de protección inmediata, no pudiendo ser activado, si previamente no se agotaron las vías ordinarias de defensa brindadas con similar finalidad” ( las negrillas son nuestras).