Juristeca
Juristeca País
    SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0910/2017-S2
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0910/2017-S2

    Fecha: 21-Ago-2017

    II.4.

    II.4.  Remitido el caso, al Tribunal Permanente de Justicia Militar; por decreto de 9 de noviembre de 2015, emitido por Pedro Ramiro Clavijo Pinto, Presidente del Tribunal Permanente de Justicia Militar, se radicó la causa en el marco de las atribuciones conferidas por el art. 53.1 concordante a los arts. 34 numerales 5 y 7 de la Ley de Organización Judicial Militar (LOJM); y 138 del CPPM (fs. 8 a 10).

    • acción de amparo constitucional
    • Fragmento 2
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • Fragmento 4
    • I.1.3. Petitorio
    • I.2.1. Ratificación de la acción
    • a)
    • concedió en parte
    • II.3.
    • II.4.
    • II.6.
    • II.7.
    • II.9.
    • II.11.
    • II.12.
    • III.1.  Sobre la naturaleza subsidiaria de la acción de amparo constitucional
    • el primero, entendido como el agotamiento previo o la constatación de la inexistencia de otras vías o recursos legales para la protección inmediata de los derechos denunciados como conculcados, por cuanto, no sustituye o remplaza a los recursos o instancias ordinarias preestablecidas en el ordenamiento jurídico
    • b) cuando se utilizó un medio de defensa útil y procedente para la defensa de un derecho, pero en su trámite el mismo no se agotó, estando al momento de la interposición y tramitación del amparo, pendiente de resolución
    • Fragmento 19
    • III.2.
    • Fragmento 21
    • REVOCAR en todo

    Otros enlaces de interés:

    Jurisprudencia clasificada por bienes e inmuebles Jurisprudencia clasificada por contravención de las normas jurídicas Jurisprudencia clasificada por derechos de la unión europea Jurisprudencia clasificada por derechos fundamentales Jurisprudencia clasificada por materias del derecho Jurisprudencia clasificada por profesiones Jurisprudencia clasificada por sector agrario Jurisprudencia clasificada por sectores de la sociedad

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca