SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0913/2017-S2
Fecha: 21-Ago-2017
II.2.
II.2. Por memorial de 27 de abril de 2017, presentado por el ahora accionante, se evidencia que solicitó fotocopias simples y legalizadas de los siguientes documentos: 1) Estatuto Orgánico de la Cooperativa; 2) Reglamento Electoral de la Cooperativa; 3) Reglamento Interno de la Cooperativa; 4) Acta de Asamblea Ordinaria de Socios de 2 de abril de 2016; 5) Acta de Asamblea Ordinaria de Socios de elección de los miembros del Comité Electoral; 6) Convocatoria para conformación del Comité Electoral; 7) Libro de Actas aperturado por el Comité Electoral de 24 de enero de 2017 para el proceso electoral; 8) Acta de programación y aprobación del proceso electoral; 9) Convocatoria a Postulantes para el proceso electoral de 25 de marzo de 2017 por parte del Comité Electoral; 10) Registro e Inscripción de candidatos; 11) Acta de depuración y selección de candidatos; 12) Acta de resolución de observaciones, reclamos de inhabilitación y otros; 13) Acta de habilitación e inhabilitación de candidatos; 14) Comunicación efectuada a los postulantes habilitados e inhabilitados; 15) Lista de candidatos habilitados para el proceso electoral; 16) Citación a reunión a los candidatos habilitados por parte del Comité Electoral; 17) Acta de sorteo de la ubicación dentro de la papeleta de votación de los candidatos habilitados; 18) Acta de apertura de ánforas; 19) Acta de clausura y cierre de ánforas; 20) Acta de cómputo y escrutinio de votos; 21) Acta de posesión de los candidatos electos; y, 22) Informe Final y otro semejante presentado por el Comité Electoral (fs. 4 y vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Informe de las personas demandadas
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- i)
- contra los actos u omisiones ilegales o indebidos
- Para el ejercicio de este derecho no se exigirá más requisito que la identificación del peticionario
- a) La respuesta no se pone en conocimiento del peticionario; b) Se presenta la negativa de recibirla o se obstaculiza su presentación; c) Habiéndose presentado la petición respetuosa, la autoridad no la responde dentro de un plazo razonable; y, d) La solicitud no es atendida de manera clara, precisa, completa y congruente con lo solicitado.
- ’…el núcleo esencial de este derecho radica en la obtención de una respuesta formal y pronta a lo que se tiene peticionado'
- la trasgresión del referido derecho surge:
- La acción de amparo constitucional, tiene por final procurar la protección de los derechos fundamentales que hayan sido vulnerados o se encuentren amenazados; empero, existen aquellos supuestos en los que las circunstancias que generaron la trasgresión desaparecen, consecuentemente el objeto de esta acción tutelar deja de existir, dando lugar a lo que en el ámbito jurídico-constitucional se conoce como ’hecho superado‘, sobre el cual no justifica emitir pronunciamiento alguno, por cuanto el objeto para decidir desapareció.
- cuando el hecho del que se reclama tutela es subsanado, por la misma autoridad demandada
- que establece que cuando desaparece el objeto del recurso, por haberse superado el hecho reclamado, el recurso debe ser denegado
- a)
- REVOCAR en todo