SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0918/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0918/2017-S1

Fecha: 28-Ago-2017

2. La falta de respuesta material y en tiempo razonable a la solicitud;

           La SCP 0403/2017-S1 de 10 de mayo, citando a su vez a la                  SC 1995/2010-R de 26 de octubre, respecto al derecho de petición señaló: 'Consecuentemente, para que la justicia constitucional ingrese al análisis de fondo de la presunta lesión al derecho de petición, es exigible: 1. La existencia de una petición oral o escrita;    2. La falta de respuesta material y en tiempo razonable a la solicitud; y, 3. La inexistencia de medios de impugnación expresos con el objetivo de hacer efectivo el derecho de petición’.