Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0955/2017-S1
Fecha: 28-Ago-2017
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución 135/17 de 7 de julio de 2017, cursante de fs. 713 a 717 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Noemí Paredes Vda. de Rojas contra Juan Edwin Mercado Claros y Viviana Carina Nieto Bizzarroque, Director General a.i y Jefa de la Unidad Jurídica del Servicio Nacional del Sistema de Reparto (SENASIR) respectivamente; Maritza Arismendi Chumacero, Marcelo Rafael Luisaga Soria, Dayana Aracely Peña Mejía y Óscar Pablo Pérez Coarite, Presidenta a.i., Vocal, Secretaria y Secretario a.i., todos de la Comisión Nacional de Prestaciones de la misma entidad.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2. Audiencia y Resolución de la Jueza de garantías
- a)
- 1)
- concedió parcialmente
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- “
- Fragmento 15
- constituyen un grupo de atención prioritaria en aumento
- El Estado y la sociedad en su conjunto por los riesgos a los que están expuestos, tiene la obligación de dar prioridad a la prevención y el cuidado de la calidad de vida de los adultos mayores
- la plena efectividad de los derechos por él reconocidos’
- respeten los derechos adquiridos
- inembargables e imprescriptibles
- el derecho a una
- previstos en el Código de Seguridad Social y otras normas específicas.
- a partir de la fecha del retiro del trabajador
- Fragmento 24
- fecha de la solicitud el día de la presentación del o de los documentos que falten
- III.4.
- a partir del mes siguiente de presentación de su trámite por el ex trabajador
- POR TANTO
- 2.