Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0955/2017-S1
Fecha: 28-Ago-2017
II.1.
II.1. José Luis Rojas Sandoval (esposo de la ahora accionante), presentó en mayo de 2000, su solicitud de calificación de renta de vejez, que fue desestimada por Auto 04476 de 25 de junio de 2003, emitido por la Comisión de Calificación de Rentas del SENASIR, argumentando que confrontada la documentación presentada con el Sistema Informático de la compensación de Cotizaciones, se establecía que tiene consignada como fecha de nacimiento el 1 de septiembre de 1949, la que no le permitía acceder a prestaciones por vejez en el Sistema de Reparto como tampoco el pago global, que le fue notificada al solicitante el 10 de mayo de 2010 (fs. 125 y vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2. Audiencia y Resolución de la Jueza de garantías
- a)
- 1)
- concedió parcialmente
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- “
- Fragmento 15
- constituyen un grupo de atención prioritaria en aumento
- El Estado y la sociedad en su conjunto por los riesgos a los que están expuestos, tiene la obligación de dar prioridad a la prevención y el cuidado de la calidad de vida de los adultos mayores
- la plena efectividad de los derechos por él reconocidos’
- respeten los derechos adquiridos
- inembargables e imprescriptibles
- el derecho a una
- previstos en el Código de Seguridad Social y otras normas específicas.
- a partir de la fecha del retiro del trabajador
- Fragmento 24
- fecha de la solicitud el día de la presentación del o de los documentos que falten
- III.4.
- a partir del mes siguiente de presentación de su trámite por el ex trabajador
- POR TANTO
- 2.