SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0045/2017
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0045/2017

Fecha: 25-Sep-2017

concurriendo así el ámbito personal

Revisado el expediente y conforme se desglosó en el apartado II.1 de las conclusiones del presente fallo, imputados y querellantes señalan domicilio en la Comunidad Orkojipiñai de la provincia Los Andes del departamento de La Paz, concurriendo así el ámbito personal; asimismo, los hechos presuntamente delictivos ocurrieron en el lote de terreno sito dentro de la jurisdicción territorial de la comunidad,  por tanto concurre el elemento territorial; finalmente, el tipo penal daño calificado no está restringido por el art. 10.II inc. a) de la LDJ, cumpliendo así la exigencia del ámbito material, consecuentemente queda demostrada la plena competencia de las autoridades de la Comunidad Orkojipiña, de la Subcentral Tupac Amaru de la provincia Los Andes del departamento de La Paz, por la concurrencia simultánea de los tres ámbitos.