SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0045/2017
Fecha: 25-Sep-2017
III.3. Análisis del caso concreto
En el caso presente, varias autoridades sindicales campesinas de la Comunidad Orkojipiña, así como de la Subcentral Tupac Amaru de la provincia Los Andes, solicitaron al Juez de Instrucción Mixto y Cautelar en lo Penal de Pucarani la declinatoria de su competencia, dentro del caso que a imputación del Ministerio Público se sigue contra Natividad Velasco Poma, Avelina Velasco Poma, Angel Velasco Poma y Justa Medrano de Valencia, por la presunta comisión del delito de Daño Calificado, tipificado en el art. 358 del CP; ante lo cual el Juzgador requerido emitió resolución rechazando la declinatoria solicitada.
Luego de lo relatado, autoridades del sindicato campesino presentan ante este Tribunal la nota de 19 de junio de 2015, por medio de la cual dieron a conocer los hechos descritos; señalando que no corresponde que las autoridades estatales formales conozcan el hecho denunciado, pues siendo las personas denunciadas ancianos de su comunidad, y concurriendo simultáneamente los ámbitos material, personal y territorial les corresponde a ellos conocer y resolver el caso.
Analizados los antecedentes expuestos, se tiene que es evidente la existencia de un proceso penal iniciado a denuncia de las personas afectadas y que el Ministerio Público, emitió resolución de imputación formal por el delito de Daño Calificado, y que en ese proceso las autoridades sindicales de la comunidad Orkojipiña y otras de la Subcentral Tupc Amaru, requirieron al juzgador ordinario penal se aparte de la causa.
- I.1. Alegaciones de las autoridades de la JIOC de Orkojipiña
- I.2. Admisión
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1
- (COMPETENCIA).
- III.2.
- sea que actúen como actores o demandados, denunciantes o querellantes, denunciados o imputados, recurrentes o recurridos’
- siempre y cuando concurran los otros ámbitos de vigencia establecidos en la Constitución Política del Estado
- conoce los asuntos indígena originario campesinos de conformidad a lo establecido en una Ley de Deslinde Jurisdiccional
- III.3. Análisis del caso concreto
- i)
- ámbito personal
- concurriendo así el ámbito personal
- COMPETENTE