SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0894/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0894/2017-S3

Fecha: 08-Sep-2017

y ejecutoriada por providencia de 24 de ese mes y año (fs. 90 a 106).

Cursa en obrados piezas del proceso administrativo interno instaurado en el Gobierno Autónomo Municipal de Tarija contra el hoy accionante iniciado mediante Auto de Apertura de 18 de agosto de 2016, por la presunta contravención del art. 129 del Reglamento Interno de Personal de dicho ente municipal con relación directa al art. 29 de la LACG -llamadas de atención por asistir en estado de ebriedad a su fuente laboral, incumplimiento de entrega de documentación, borrado de información en su equipo de computación, no brindar asesoramiento idóneo, demostrando ineficiencia, incapacidad e irresponsabilidad-. posterior Resolución Administrativa Sumarial 24/2016 de 13 de septiembre, mediante la cual se resolvió su destitución a efectos de registro de la Contraloría General del Estado, ya que se prescindió de sus servicios mediante Memorando 502/2016. De igual forma, consta Resolución de 11 de octubre de igual año, a través del cual se resolvió el recurso de revocatoria presentado por este, confirmando la Resolución Administrativa Sumarial 24/2016; y ejecutoriada por providencia de 24 de ese mes y año (fs. 90 a 106).

Sin embargo, la legalidad o no del proceso administrativo no puede ser analizada en la presente acción de defensa, esencialmente por dos motivos: el primero que la orden de reincorporación examinada a través de esta acción tutelar está relacionada con el Memorando 502/2016, que no tienen como causa de retiro al proceso administrativo interno; y por otra, que para el examen del proceso administrativo era necesario agotar la instancia de impugnación en la vía administrativa a través del recurso jerárquico lo que conforme a la nota que cursa a fs. 29 y vta. no aconteció.