SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0948/2017-S3
Fecha: 18-Sep-2017
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La parte accionante denuncia la vulneración de los derechos al debido proceso en su elemento a ser juzgado y oído por un juez natural competente e imparcial, a la defensa, a la congruencia y la “seguridad jurídica”; así como los principios de convalidación, de trascendencia, de especificidad, de preclusión y de rogación de su representado; por cuanto, dentro del incidente de reajuste de asistencia familiar los demandados en apelación no valoraron su condición de estudiante y su situación económica, y con el argumento de que se habría llegado a un acuerdo transaccional, el Juez dispuso una asistencia familiar de Bs1 000.-, desconociendo la aplicación de la norma procesal efectuaron una interpretación parcial, sin considerar que la Disposición Transitoria Sexta del CPC, es una norma de aplicación obligatoria, que no puede ser desconocida e interpretada discrecionalmente.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- ..Habiéndose manifestado la predisposición de conciliar, los intereses contra puestos proponiendo se aceda a dar curso el incremento de la asistencia familiar…
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- Fragmento 5
- I.2.1. Rechazo de la acción de amparo constitucional
- admisión
- I.3.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.3.2. Informe de las autoridades demandadas
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 17
- III.1. La revisión de la actividad jurisdiccional de otros tribunales
- Fragmento 19
- no es arbitraria
- no da razones (justificaciones) que sustenten su decisión, traducido en las razones de hecho y de derecho, estamos ante la verificación de una ‘decisión sin motivación’, debido a que ‘decidir no es motivar’. La ‘justificación conlleva formular juicios evaluativos (formales o materiales) sobre el derecho y los hechos sub iudice [asunto pendiente de decisión]
- En efecto, un supuesto de `motivación arbitraria’ es cuando una decisión coincide o deviene de la valoración arbitraria, irrazonable de la prueba o, en su caso, de la omisión en la valoración de la prueba aportada en el proceso
- Fragmento 23
- III.3. Análisis del caso concreto
- i)
- concordancia con el sentido y alcance de las peticiones formuladas por las partes;
- 2º