SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0951/2017-S3
Fecha: 20-Sep-2017
a)
Solicita se conceda la tutela, y en consecuencia se ordene: a) La revocatoria de la Resolución Fundamentada Proceso Sumario COM-LEG. 005/2016 como del Memorando de destitución de 1 de junio de 2017; b) Su reincorporación al cargo de Jefe de Planta del Ingenio Sepulturas de propiedad de COMERMIN Ltda.; y, c) La cancelación de su salario y la restitución de sus derechos conculcados por dicha Cooperativa.
Adicionalmente, expresó que: a) Respecto a la supuesta vulneración del derecho al trabajo alegada por el accionante, la Cooperativa no es una agencia de empleos; y, b) El procedimiento administrativo señala que el recurso de revocatoria lo resuelve la misma autoridad que pronunció la primera resolución y el recurso jerárquico el superior en grado, circunstancias por lo que que si no fue presentado el recurso de revocatoria conforme al procedimiento, el fallo quedó ejecutoriado, motivo por el que los demás demandados no la emitieron sino únicamente la cumplieron.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- AL FIN EXPUESTO PIDE INFORME EN EL DÍA
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El debido proceso
- la garantía antes citada, a su vez, se configura como un principio esencial a partir del cual, es exigible en el Estado Plurinacional de Bolivia ꞌla razonabilidad de toda decisión que emane del ejercicio del poderꞌ, aspecto que en strictu sensu y a la luz del vivir bien, resguarda los valores de igualdad y justicia entre otros, asegurándose de esta manera la vigencia de una real democracia constitucional
- el acto administrativo y la sentencia, para ser válidos a la luz del
- el cumplimiento del canon de razonabilidad en relación al acto administrativo, puede ser realizado a través del control tutelar de constitucionalidad y en particular mediante la acción de amparo constitucional
- III.2. Análisis del caso concreto
- fui notificado con un Auto de rechazo a mi recurso en fecha 30 de mayo de 2017
- CONFIRMAR